La jueza Martina Forns, del fuero Civil, Comercial y Contencioso Administrativo Federal de San Martín, resolvió frenar de manera parcial y preventiva los efectos del Decreto 461/2025, que había ordenado la disolución de la Dirección Nacional de Vialidad. Lo hizo al hacer lugar a una medida cautelar solicitada por el gremio Sevina, que representa a los trabajadores del organismo.
La magistrada estableció que durante seis meses no podrán ejecutarse decisiones administrativas que deriven del decreto presidencial. Entre las medidas prohibidas se incluyen reubicaciones, traslados, cesantías, suspensiones, pases a disponibilidad y la supresión de estructuras vinculadas a Vialidad Nacional.
En su resolución, Forns señaló que se trata de una etapa preliminar del proceso judicial y que existen “circunstancias graves y objetivas” que justifican mantener el statu quo. De esa forma, el objetivo es evitar “perjuicios irreparables” mientras se resuelve el fondo del asunto.
La jueza también argumentó que el Estado, en su doble rol de empleador y regulador, no puede modificar de forma unilateral condiciones laborales establecidas en normas colectivas vigentes. Para fundamentar su decisión, citó la Constitución Nacional y los convenios 87, 98 y 151 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), todos ellos con jerarquía constitucional.
Por otro lado, Forns aclaró que no se pronunció sobre el pedido de nulidad e inconstitucionalidad del decreto, ya que ese análisis requiere una etapa posterior del proceso, con mayor producción de prueba y un debate más profundo entre las partes.