El Poder Ejecutivo envió al Congreso un proyecto de ley para modificar los artículos 186 y 189 del Código Penal, elevando las penas mínimas para quienes provoquen incendios y agregando nuevas causales de prisión. La iniciativa, firmada por el jefe de Gabinete, Guillermo Francos, y el ministro de Justicia, Mariano Cúneo Libarona, ingresó por Mesa de Entradas del Congreso.
"En distintos puntos de nuestro país se están produciendo una gran cantidad de incendios que generan enormes daños y afectan la propiedad de los argentinos, su integridad física y, en ciertos casos, su vida", indica el proyecto. Además, señala la existencia de un "clima de irresponsabilidad penal, en el que cometer un delito no conlleve una sanción real".
La iniciativa eleva de tres a cuatro años las penas mínimas y establece un máximo de 25 años cuando se produzca al menos una muerte. También amplía las figuras penalizadas, incluyendo "no sólo la posibilidad de causar incendio, explosión o inundación, sino también un derrumbe, liberación de tóxicos, emisión de radiaciones y cualquier otro proceso destructor capaz de generar estragos".
El proyecto estipula penas de cuatro a quince años cuando el hecho afecte bienes específicos, como archivos públicos, bibliotecas, museos, yacimientos arqueológicos, patrimonio cultural de la Nación o de un estado extranjero, bosques, parques nacionales, establecimientos educativos, oficinas públicas, dependencias policiales o militares. Además, incorpora como agravante la intervención de tres o más personas, la reiteración de la conducta y la intención de intimidar a una autoridad pública.
En todos los casos previstos, si el autor del delito es funcionario público, se le aplicará una pena accesoria de inhabilitación para el desempeño de cargos públicos por el doble de tiempo de la condena.