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Uno de los puntos que se incorporaron al plan de medidas de estabilización de la economía, el Presidente Javier Milei indicó que realizarían modificaciones en la ley de Manejo del Fuego. Sin embargo, en el decreto publicado en el Boletín Oficial no hay detalles sobre la decisión.
En cadena nacional, el Presidente electo Javier Milei anunció la modificación de la Ley de Manejo del Fuego, que crea el Servicio Nacional de Manejo del Fuego, y que organiza las tareas de prevención y combate de incendios de todo el país.
Sin embargo, en el decreto publicado este jueves en el Boletín Oficial no hay información sobre la modificación que el Presidente quiere aplicar en esta ley, por lo tanto, no es posible saber cuáles son los cambios que busca realizar en este sentido.
La Ley 26.815 del Manejo del Fuego fue sancionada por el Congreso de la Nación el 28 de noviembre de 2012 y promulgada el 10 de enero de 2013, durante la presidencia de Cristina Kirchner.
Entre sus puntos más importantes tiene como fin proteger el medio ambiente de los incendios forestales y rurales en el todo el país. En 2020, se promulgó la Ley 27.604 que modificó el artículo 22 bis de la ley de Manejo del Fuego.
La norma protege los ecosistemas de los incendios accidentales o intencionales y prohíbe la venta de terrenos incendiados en plazos de entre 30 y 60 años para evitar prácticas especulativas y emprendimientos inmobiliarios.
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El proyecto de reforma había sido promovido por diputados del Frente de Todos, y fue muy criticado por el sector agropecuario, ya que determinaba que en casos de incendios “provocados o accidentales” de campos sería prohibida por 30 años “cualquier actividad agrícola que sea distinta al uso y destino que la superficie tuviera como habitual al momento del incendio”. También se prohibía la venta de los campos para loteos o proyectos de urbanización.
-Cuando en el interior de bosques y pastizales se lleva o se enciende fuego cuando no está permitido.
-Cuando no se cumple con la obligación de dar aviso a la autoridad más cercana de la existencia de un foco de incendio.
-Cuando se enciende fuego o se realiza quemas sin autorización.
-Cuando se impide o dificulta el accionar del personal combatiente de incendios en terrenos de propiedad pública o privada.
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