Nicolás Pino respaldó la venta a extranjeros y afirmó que no se le puede prohibir a nadie disponer de su propiedad.

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Se trata de la sentencia que dirá si fue constitucional o no el decreto de Cornejo que limitó a una la reelección de los jefes comunales.

Se sabe que la sentencia ya está redactada, y a la firma de los siete jueces de la Suprema Corte de Mendoza. Se sabe también que no habrá unanimidad de los supremos; y se especula con que el resultado de la votación plenaria sería de 4 a 3 a favor de la postura del gobernador Alfredo Cornejo. El fallo dividido se conocerá entre hoy y lunes de la semana que viene. Pero: ¿qué es lo que se decide?
La Corte se expresará respecto de la constitucionalidad del decreto emitido por Cornejo en noviembre del año pasado, con el objetivo de promulgar una enmienda constitucional que limitaba los mandatos de los intendentes.
Esa enmienda es de 2009 y establece que los intendentes no pueden tener más de una reelección. Si bien ese cambio constitucional fue votado por la mayoría en los comicios de ese año, nunca fue promulgada, debido a un fallo de 1989 que fijó que las reformas constitucionales requieren el voto de la mitad más uno del padrón general.
Ante esa medida, cuatro de los cinco intendentes del PJ, Martín Aveiro -Tunuyán-, Emir Félix -San Rafael-, Jorge Giménez -San Martín-, y Roberto Righi -Lavalle- decidieron, por un lado, adelantar las elecciones en sus departamentos; y luego presentarse ante la Corte para impugnar la promulgación de Cornejo.
Así las cosas, este fallo no cambia el hecho de que mendocinos que voten en esos cuatro departamentos, vayan a las urnas el próximo 1 de septiembre.

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