La Cámara Alta aprobó una modificación a la Ley 26.485 de Protección Integral para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres. Es decir, busca erradicar el acoso callejero "como modalidad de violencia a la mujer".
Para eso, mediante estas modificaciones se incorpora la figura del acosador callejero en la normativa vigente. ¿Qué se considera acoso callejero? Representa la "violencia contra las mujeres en el espacio público", junto a las actitudes que "afecten o dañen su dignidad, integridad, libertad, libre circulación o permanencia y/o generen un ambiente hostil u ofensivo".
Nancy González, la senadora argentina, defendió su postura frente a sus colegas: "Las mujeres que estamos en política tenemos que soportar que nuestras hijas sean perseguidas. Este proyecto fue redactado para todas las mujeres que estamos en política y para aquellas que se van a animar a hacerlo después que dejen de ser perseguidas".
Recordemos que la iniciativa había sido aprobada en primera instancia por la Cámara de Diputados, tras la propuesta de la parlamanetaria Diana Conti en 2017, en donde obtuvo media sanción.
Además de la ley, también se encuentra vigente la línea telefónica 22676 (Acoso), que busca ayudar y contener a las víctimas de acoso callejero; además, brinda asesoramiento al momento de realizar una denuncia.
Lo cierto es que la ley se instala en el marco de una realidad que no perdona: según un estudio realizado por el Banco de Desarrollo de América Latina, y el estudio del Observatorio Ni Una Menos, el 100% de las mujeres experimentaron el acoso en algún momento de su vida.