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Comenzó a regir la suspensión de vuelos procedentes de México, Brasil y Chile

Desde esta madrugada quedó efectiva la medida, aunque la prohibición iniciará el lunes según detalle el Boletín Oficial.

Comenzó a regir la suspensión de vuelos procedentes de México, Brasil y Chile

Ya rige a partir de hoy la suspensión por tiempo indeterminado de vuelos directos comerciales de pasajeros procedentes de Brasil, Chile y México, pero la medida comenzará a aplicarse por completo desde el lunes, ya que en el Boletín Oficial aclaran que la restricción entrará en vigencia dentro de 48 horas una vez que esté en vigencia lo dispuesto, por lo cual, a partir del lunes se inicia la prohibición.

Fue anunciado Mediante la Decisión Administrativa 268/2021 publicada un minuto después de las 0.00 horas del viernes en el Boletín Oficial, con las firmas del jefe de Gabinete, Santiago Cafiero, y la ministra de Salud, Carla Vizzotti. Además, se detalla la situación de los alumnos que se encuentran de viaje de egresados algo que generó polémica luego del que un grupo de chicos llegara al país todos contagiados con Covid-19 y con PCR truchos.

"La actividad desarrollada por los operadores turísticos, relativa a la comercialización de viajes de egresados internacionales requerirá la presentación ante el Ministerio de Turismo y Deportes de una propuesta de protocolo sanitario que contemple los controles que requiera la autoridad sanitaria nacional y que incluya, respecto de los test PCR, las certificaciones del centro de testeo del lugar de destino en el exterior, emitidos por la autoridad sanitaria de ese país, quedando suspendidos los servicios ofrecidos hasta tanto se realicen las autorizaciones y validaciones respectivas, se apruebe el correspondiente protocolo sanitario y los destinos estén autorizados para la operación de transporte internacional de pasajeros y pasajeras", explica la Decisión Administrativa.

Además, para ingresar al país se deberán cumplir los siguientes requisitos:

  1. Realizar un hisopado al arribo al país y otro al séptimo día del ingreso como condición de finalización del aislamiento obligatorio.
  2. Quienes den positivo como resultado deberán realizar a continuación el test de PCR para su secuenciación genómica y deberán realizar un aislamiento donde las autoridades dispongan.
  3. Quienes resulten negativo en la prueba, deberán cumplir con el aislamiento obligatorio en los respectivos domicilios.

De esta manera, el Ministerio de Salud tendrá "los recaudos necesarios para el control del aislamiento y seguimiento de los casos positivos, de sus contactos estrechos y de los casos negativos que arriben a cada provincia y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y emitirá las recomendaciones para su implementación".

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