La orden apunta a que esos recursos no puedan ser embargados, gravados ni ejecutados judicialmente.

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La AFIP informó que los plazos previstos en la normativa se encuentran vigentes.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (Afip) informó que la justicia suspendió la medida cautelar dispuesta por el Juzgado Contencioso Administrativo Federal N.º 12 sobre los vencimientos de las declaraciones juradas del Impuesto sobre los Bienes Personales y Ganancias.
La decisión fue adoptada tras el recurso de apelación presentado por el organismo este lunes y, de esta manera, los plazos previstos en la normativa se encuentran vigentes, según confirmó el organismo recaudador.
"Como indicó la Afip, la medida solo alcanza a profesionales matriculados en el Consejo de Ciencias Económicas de la Ciudad de Buenos Aires por sus propias declaraciones juradas y cuando dichos profesionales ejerzan una relación formal y comprobable con sus clientes", señala el comunicado del ente dirigido por Mercedes Marcó del Pont.

La orden apunta a que esos recursos no puedan ser embargados, gravados ni ejecutados judicialmente.
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