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Un cambio en la integración de un Tribunal permitió la libertad del ex vice presidente, a la espera de la revisión de su condena. Su condición de opositor al gobierno fue mencionado en la resolución firmada este martes.
La Justicia concedió la excarcelación al ex vicepresidente Amado Boudou, preso en el penal de Ezeiza, tras haber sido condenado por el caso Ciccone Calcográfica a 5 años y 10 meses de prisión.
El ex titular del Senado recuperará la libertad, con caución real de $ 1 millón de pesos y obligatoriedad de uso de pulsera electrónica, gracias al voto de las juezas Gabriela López Iñíguez y Adriana Pallioti.
El 7 de agosto la Justicia condenó al ex vicepresidente Amado Boudou, al hallarlo "autor penalmente responsable de los delitos de cohecho pasivo y negociaciones incompatibles con la función pública" y lo condenaron a prisión, más una multa de 90 mil pesos e inhabilitación especial perpetua para ejercer cargos públicos por la compra de Ciccone Calcográfica.
La prisión se hizo efectiva de manera inmediata con su traslado al penal de Ezeiza junto a su amigo y socio, José María Núñez Carmona, quien fue condenado a cinco años y medio de prisión, y el empresario Nicolás Ciccone, antiguo dueño de la empresa, condenado a cuatro años y medio a cumplir de manera domiciliaria.
Aunque ese fallo espera ser revisado por la Cámara Federal de Casación Penal, el Tribunal había impuesto la prisión preventiva pese a que la condena no estaba firme, al considerar que había peligro de fuga y posibilidad de entorpecimiento de la investigación.
Aquella decisión había sido votada por los jueces Pablo Bertuzzi (hoy integrante de la Cámara Federal) y Guillermo Costabel, con la disidencia de Gabriela López Iñíguez. Ahora, con el cambio de composición del Tribunal, cambió la suerte de Boudou, cuya libertad fue concedida por López Iñiguez y Palliotti, con disidencia de Costabel.
"No sería descabellado mencionar que el nombrado pertenece a un sector político que es opositor a quien hoy detenta el poder de policía del Estado, con lo cual debería lógicamente debilitarse la probabilidad de éxito ante un intento de salida ilegal del país", argumentaron las juezas.
Las magistradas recordaron que el hecho de que el ex funcionario esté condenado no es fundamento suficiente para mantener la prisión preventiva "mientras se resuelven los recursos contra la condena" y que los únicos requisitos sobre si alguien debe o no estar con preventiva es "cuando concurran circunstancias objetivas que permitan evaluar que el imputado entorpecerá la investigación o evadirá la justicia mediante la fuga".
También apuntaron que Boudou no "tiene vínculo con el gobierno actual, como para tener por existente la "influencia" referida anteriormente".
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