Hoy, el Gobierno ordenó a las empresas distribuidoras de gas que incluyan en las facturas con los consumos de abril y mayo los descuentos acordes con la decisión tomada en marzo pasado, que estipula un reembolso para las compañías vía mayores subsidios estatales.
Así lo determinó la Secretaría de Energía, dependiente del Ministerio de Hacienda, a través de la Resolución 299/2019 publicada este jueves en el Boletín Oficial. Los proveedores de gas natural y de propano indiluido por redes deberán emitir la facturación con los descuentos en el precio de gas dispuestos como bonificación en la resolución 148 del 29 de marzo de 2019.
Está resolución había indicado una bonificación en el precio del gas del 27% para los consumos correspondientes a abril de 2019 y del 12% para los consumos correspondientes a mayo de 2019 para los hogares. Es importante tener en cuenta que estos descuentos no aplican para comercios ni en el precio de las garrafas.
La idea es aplanar la boleta de gas, siendo que aumentaba mucho en invierno para luego reducirse fuertemente en verano. De esta forma, los hogares pagaran con descuentos en los meses fríos para terminar de pagar esos consumos en el verano. Según la Secretaría de Energía, esta decisión otorga una mayor homogeneidad en las erogaciones de los usuarios de tipo residencial, que amortiguan el impacto en las economías familiares de los mayores consumos invernales.
Para que esto sea posible, el estado nacional se hace cargo de los costos reembolsando a los proveedores de gas. Para cobrar los reembolsos, las distribuidoras y subdistribuidoras que compran su propio gas, deberán informar a los productores, por medio de una Declaración Jurada, la demanda de los usuarios residenciales y los bonificación estimada que le corresponde.