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Actualidad #Axel kicillof#Cristina fernández de kirchner#Dólar futuro

Casación define el destino de la causa Dólar Futuro: ¿qué puede pasar?

Se espera que esta semana se defina el destino de la causa Dólar Futuro, en la que Cristina Fernández y Axel Kicillof declararon hace un mes.

Casación define el destino de la causa Dólar Futuro: ¿qué puede pasar?
La vicepresidenta, Cristina Fernández de Kirchner apuntó contra el Poder Judicial. (Foto: captura.)

Esta semana se prevé que la Cámara Federal de Casación Penal defina el destino de la causa Dólar Futuro, en la que se investiga si se cometió delito en la operatoria con esa herramienta cambiaria durante el gobierno de Cristina Fernández de Kirchner.

Se trata de un expediente que ya está elevado a juicio oral pero que en la instrucción complementaria desarrollada por el Tribunal Oral Federal (TOF) 1 se incorporó un informe pericial que concluyó que las operatorias de dólar a futuro son medidas de gobierno aplicadas en muchos países y que en este caso no generaron daño a las arcas públicas y, además, permitieron evitar una corrida cambiaria.

El destino del expediente está en manos de tres jueces, los miembros de la sala primera federal de Casación Penal Daniel Petrone, Diego Barroetaveña y Ana María Figueroa, quienes deben decidir luego de haber escuchado el 4 de marzo a la vicepresidenta; al gobernador bonaerense y ex ministro de Economía, Axel Kicillof; al ex titular del Banco Central, Alejandro Vanoli; y al actual titular de la entidad, Miguel Pesce, entre otros.

¿Qué puede pasar?

Los jueces deberán decidir entre tres opciones, según explicaron fuentes judiciales a Télam:

1) Declarar inadmisible el recurso de Casación (la causa seguiría camino al juicio, aunque se descuenta que las defensas buscarán la intervención de la Corte Suprema de Justicia).

2) Emitir una resolución que le ordene al TOF 1 que se ocupe de resolver sobre el fondo de los planteos de los imputados que reclaman ser sobreseídos.

3) Declarar la atipicidad del delito que se intenta investigar por tratarse de operaciones realizadas dentro de las atribuciones del Banco Central.

Originalmente estaba previsto que el fallo fuera emitido bien cerca del fin de semana largo, al cumplirse el plazo de 20 días hábiles posteriores a la audiencia dispuestos por el Código Procesal Penal. No obstante, los plazos se estiraron por algunos días de licencia que tomaron los jueces de la Sala I.