La orden apunta a que esos recursos no puedan ser embargados, gravados ni ejecutados judicialmente.

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El ente recaudador otorga más tiempo para confeccionar las declaraciones juradas y efectuar los pagos correspondientes al período fiscal 2021.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) estableció una extensión en el plazo para efectuar las presentaciones de las declaraciones juradas y, de corresponder, realizar el ingreso de los saldos de los impuestos a las Ganancias, Bienes Personales y Cedular para personas humanas y sucesiones indivisas correspondientes al período fiscal 2021.
La prórroga -dispuesta en la Resolución General Nº 5192/2022, que se publicará este viernes en el Boletín Oficial- traslada los vencimientos de las obligaciones para fines de junio con el objetivo de facilitar las tareas de cumplimiento.
En este sentido, los nuevos plazos para las presentaciones de los impuestos a las Ganancias, Bienes Personales y Cedular del período fiscal 2021 son los siguientes: en los CUIT terminados en 0, 1, 2 y 3 la fecha de presentación será el 23/6; en los DNI finalizados en 4, 5 y 6, el 24/6; y los concluidos en 7, 8 y 9, el 27/6.
En todos los casos la fecha de pago será la del día hábil siguiente del vencimiento de la declaración jurada, informó la AFIP.

La orden apunta a que esos recursos no puedan ser embargados, gravados ni ejecutados judicialmente.
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