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El Gobierno anunció una "profunda reestructuración" del Fondo Nacional de la Artes

Federico Sturzenegger dijo que el organismo "gasta una proporción inaceptable de esos recursos en sí mismo". Los principales cambios.

El Gobierno anunció una "profunda reestructuración" del Fondo Nacional de la Artes
(Secretaría de Cultura)

El Gobierno anunció este viernes una "profunda reestructuración" del Fondo Nacional de las Artes. "La organización necesitaba un importante rediseño: cobra derechos de autor de obras universales pero gasta una proporción inaceptable de esos recursos en sí misma; así un organismo que se suponía que debía ayudar al arte en la práctica con los años fue convirtiéndose en una carga para el sector", dijo el ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger en un texto que publicó en sus redes sociales. En 2023, agregó, el organismo destinó el 72% de su presupuesto a gastos de funcionamiento.

La reestructuración fue anunciada este viernes a través del Decreto 1029/24. En él, se estableció que "las operaciones de crédito del FONDO NACIONAL DE LAS ARTES se denominarán en Unidades de Valor Adquisitivo (UVA) o especies". El Fondo podrá establecer diferentes mecanismos de implementación de dichos créditos, los cuales incluyan: a) créditos grupales con responsabilidad solidaria de todos los miembros, b) créditos con fiadores, los cuales podrán requerir una contragarantía en obras o de un porcentaje de ingresos del artista, c) anualidades perpetuas o temporarias, con contragarantías en las obras del artista. "No obstante -sumó-, el Directorio del Fondo puede apelar a cualquier modalidad de préstamo que considere conveniente. Las operaciones de crédito con garantía real destinadas a atender lo dispuesto en el artículo 2°, inciso b) del Decreto-Ley Nº 1224/58 y sus modificaciones serán denominadas en Unidades de Valor Adquisitivo (UVA). Solo podrán acordarse para la construcción, ampliación, refacción o modernización de inmuebles y para la compra de estos".

La Resolución dice también que "los créditos referidos precedentemente se otorgarán únicamente con garantía real de hipoteca en primer grado sobre el bien que graven. Los créditos destinados a la adquisición o construcción de maquinarias y todo tipo de elementos o materiales se concederán con prenda sobre los mismos. Cuando el destinatario de los créditos a que se refiere el presente artículo sea un organismo oficial, el Directorio determinará el tipo de garantía a exigir en cada caso particular”.

Asimismo, se reglamentó que el organismo "podrá otorgar becas, subsidios, subvenciones, contribuciones y/o premios de estímulo a las actividades artísticas únicamente con los beneficios de las rentas, intereses e ingresos que pueda obtener por cualquier título, inclusive por legado, herencia o donación y contribuciones que reciba. Para optar a las becas, subsidios, subvenciones y premios de estímulo a las actividades artísticas y literarias beneficiadas por la ley, los interesados deberán aceptar la fiscalización y demás requisitos que establezca el Directorio del Fondo".

Desde la asunción de Javier Milei, el 10 de diciembre pasado, el secretario de Cultura, Leonardo Cifelli, bajo la órbita de Presidencia de la Nación, dispuso que el Consejo Directivo, integrado por 14 personas, pase a ser ad honorem. Además, redujo el 25% de la nómina de personal.

"El decreto 1029/24 ordena las tareas del FNA y rescata su espíritu original: ser una fuente de financiamiento para los artistas. Para ello el decreto limita el uso de los fondos al otorgamiento de créditos a los artistas que, además, serán denominados en UVAs a fin de evitar la licuación del capital. El decreto le da libertad al FNA, pero sugiere una modalidad de renta contra garantías de obras o garantes por lo cual el FNA podrá financiar a los artistas durante los primeros años de su carrera", detalló Sturzenegger.

Además, dijo que esta modificación habilita las donaciones privadas que, junto a las ganancias financieras de los créditos, "serán los únicos recursos que podrán usarse para otorgar becas o subsidios". 

El Fondo Nacional de las Artes fue creado en 1958. Su principal función es financiar y promover el desarrollo de artistas, gestores y organizaciones culturales sin fines de lucro con una mirada amplia y federal.

Según el Decreto, por actividades artísticas y literarias se entiende a "las artes plásticas; la arquitectura y el urbanismo en sus aspectos exclusivamente estéticos; las actividades teatrales definidas en el artículo 11 del Decreto-Ley N° 1251/58; la cinematografía; la radiofonía; la televisión; la música; la danza; las letras; las artes aplicadas y las expresiones folclóricas”.