La nueva resolución de la Interrupción Legal del Embarazo y sus avances
La Secretaría de Salud renovó el protocolo de 2015 y remarcó, entre otras cosas, que el aborto no es delito en la Argentina por causales. Ahora las provincias que no cumplen con la ILE, deberán adecuarse ya que la renovación es a nivel nacional.
Este miércoles, en el Boletín Oficial se publicó la resolución de la Secretaria de Salud de Nación respecto a la actualización del protocolo de atención de abortos legales. Esta noticia fue celebrada por todos los movimientos feministas y organizaciones de Derechos Humanos por su importancia y significado.
Si bien la interrupción del embarazo por causales es legal en nuestro país desde 1921, en el año 2012 la Corte Suprema estableció el Fallo FAL, fallo que sucedió luego de un caso judicial cuando una joven chubutense fue violada por su padrastro a sus 15 años y su madre recurrió a la Justicia para que su hija pudiera realizarse el aborto en un hospital público.
Esta actualización se desprende de aquel fallo que continúa con la normativa de la interrupción del embarazo por las siguientes causales: si existe un peligro para la vida o la salud de la madre o si el embarazo proviene de una violación.
¿Pero es el mismo protocolo? ¿En qué cambia? ¿Por qué es tan festejado? ¿Qué significa que se publique en el Boletín Oficial? Para responder a todas estas preguntas, Filo.News habló con Celeste Mc Dougall, mestra e integrante de La Campaña Nacional por el Derecho a un Aborto Legal, Seguro y Gratuito.
"Esto significa un triunfo de una lucha de años de estar reclamando no solo protocolo sino para que tenga 'resolución ministerial'. Nuestro país tiene abortos por causales desde el año 1921 y en las diferentes versiones que hubo, exigíamos siempre que tenga este tipo de resolución ya que significa que las provincias más reticentes a aplicarlo o directamente las que no tienen protocolo, lo tengan que aplicar de forma obligatoria", explica la integramte de La Campaña.
En nuestro país siete serán las provincias que deberán adecuarse y comenzar a aplicar este protocolo y cinco las que tendrán que unificarlo para garantizar el acceso a este derecho que ya tiene resolución ministerial.
"Que esta actualización salga con este marco implica que tiene que ser aplicado en todo el teritorio nacional. Y eso aplica a las provincias que al día de hoy no lo tienen o es más restrictivo que el orginal", explica Celeste y agrega: "Esto también le da un marco de mayor de legalidad en terminos protocoloares a los profesionales de la salud que garantizan la práctica y obliga a quienes se amparaban con que no había resolución ministerial y se engaban a hacerlo".
¿Qué tiene de nuevo esta actualización? La integrante de La Camapaña asegura que este protocolo viene con varios items positivos en su haber. "Incluye algo con lo que veníamos trabajando que es el 'Plan ENIA' (Plan Nacional de Prevención del Embarazo no Intencional en la Adolescencia), respecto a embarazos de menores a 15 años. Todos los abortos en ese tipo de embarazos entran en la causal de salud porque se considera que son riesgosos y eso no estaba puesto en ningun material oficial hasta hoy", detalla.
"Hay también buenos cambios sobre las decisiones de personas con disacapacidad y adecuaron los metodos actualizados de medicación. ¿Qué significa? Bueno, nosotras tenemos un problema porque tenemos Misoprostol pero no Mifepristona, que es la combinación de drogas que recomiendan desde la Organización Mundial de la Salud. Eso es otro de los avances", agrega Celeste.
La autonomía desde los 16 para decidir la práctica de una ILE también se hace oficial en el Boletín, así como se le pone más dificultades a la figura de de la objeción de conciencia y los plazos para la práctica de la Interrupción Legal del Embarazo. "Lo más importante, igual, es que esta publicación es un avance y un triunfo a tantos años de exigencia y militancia", finaliza Mc Dougall.