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A pesar de que la Ley Nacional de tránsito permite un consumo mínimo, hay algunos distritos del país con tolerancia cero.

Rubén Dario Castiñeiras, más conocido como El Pepo, atraviesa un momento complicado en virtud del incidente producido el pasado 20 de julio, en la ruta 63, a la altura de la ciudad de Dolores, cuando el vehículo que él conducía volcó y causó la muerte de dos personas.
A partir de las diferentes versiones sobre el hecho, que manejaba... que no manejaba…. que ingirió alcohol o que no (se encontró una botella de vodka en el vehículo), lo cierto es que este último factor podría haber incidido en este trágico accidente.
Siempre es bueno recordar los efectos que produce el alcohol al volante. Según la asociación civil Luchemos por la Vida, se recomienda no consumir antes de manejar ya que estas bebidas alteran la percepción, disminuyen la capacidad de atención y afectan a los sentidos.
Esto provoca que la visión periférica disminuya, se hace más lenta la adaptación de los cambio de luz (encandilamientos) además de reconocer las luces rojas de los semáforos u otros autos. También genera una falsa sensación de seguridad que puede traducirse en excesos de velocidad.
La Ley Nacional de Tránsito y su reglamentación establecen un límite de tolerancia máximo de alcohol en sangre de 0,5 gramos por litro, y la Ley Nacional de Lucha contra el Alcoholismo Nº 24.788, la modifica parcialmente al disponer nuevos límites de 0,2 gramos por litro de sangre para motociclistas y ciclomotoristas, y 0 gramo para conductores profesionales (transporte de pasajeros, carga o menores).
Más allá de lo impuesto por la ley, algunas provincias como Salta, Tucumán, La RioJa, Neuquén, Entre Ríos y Córdoba, han dispuesto la tolerancia 0 para todos los conductores a los fines de minimizar el riesgo para cuidar a los peatones y automovilistas.
Desde fines del año pasado la ciudad de Mar del Plata también ha implementado esta medida por medio de un decreto dispuesto por le intendente Carlos Arroyo que anuncia: "Queda prohibido, en todo el territorio del Partido de General Pueyrredon la conducción de cualquier tipo y/o especie de vehículo y/o medio de transporte con una presencia de alcohol en sangre superior a CERO (0) miligramos por litro de sangre", señala el artículo 2 del decreto N°1980/18, firmado por el jefe comunal”.
El decreto establece multas o la inhabilitación para conducir y el secuestro del vehículo por entre 30 y 80 días.
Si bien estos territorios ya establecieron la tolerancia cero, en los lugares que se rigen por lo que marca la Ley Nacional de Tránsito, se ha realizado un cálculo estimativo de equivalencias. Claro que estos valores dependen de la contextura, el peso de la persona, o si está medicado. Aproximadamente podría equivaler a 480 cm³ de cerveza, 150 cm³ de vino o 43 ml de whisky.

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