Las autoridades bromatológicas confirmaron que ambos productos son ilegales, presentan etiquetas engañosas y no garantizan condiciones seguras para los consumidores.

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Así lo dispone la resolución 149/2019, de la cartera de Transporte a nivel nacional. Las empresas deberán verificar que todos los pasajeros tengan el dispositivo ajustado, antes de iniciar el viaje.
La disposición brinda un plazo de seis meses para que los ómnibus de larga distancia tengan cinturones de seguridad instalados en todos los asientos y la obligación de que cada viajero lleve su cinturón abrochado.
Se estipula que los choferes o personal a bordo deberán entregar una cartilla informativa al momento de iniciar el trayecto, en la que se explicará que, durante el viaje, el cinturón de seguridad tiene que estar abrochado, con la excepción obvia de uso del baño o el bar a bordo.
En el caso de las unidades que cuenten con sistema de pantallas, éstas deberán incluir un video con las instrucciones de uso, que será emitido al comienzo de cada viaje.
En el texto de la resolución también se determinó que en las unidades 0 kilómetro se instalen en los asientos cinturones de seguridad de tres puntos retráctiles.
Ernesto Arriaga especialista en seguridad vial, comentó "que esta medida responde a lo que los expertos en seguridad vial veníamos solicitando desde hace tiempo, ya que en vistas de los resultados de los siniestros viales con micros de larga distancia, en particular aquellos que terminan en vuelcos, se incrementaban las victimas por no estar sujetos al asiento con cinturón de seguridad".
Las autoridades bromatológicas confirmaron que ambos productos son ilegales, presentan etiquetas engañosas y no garantizan condiciones seguras para los consumidores.
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