¿En qué consiste el programa que regula el uso medicinal del cannabis?
A raíz de la ley previamente aprobada se reglamentó el programa que funcionará bajo la Secretaría de Políticas, Regulación e Institutos del Ministerio de Salud. Te contamos todo lo que tenés que saber
El Gobierno argentino reglamentó el programa para la investigación del uso medicinal de la marihuana, del que se podrán beneficiar aquellas personas que hayan sido diagnosticadas con epilepsia refractaria.
A través de una resolución publicada en el Boletín Oficial con la firma del ministro de Salud argentino, Jorge Lemus, se detalla la aplicación del "Programa Nacional para el Estudio y la Investigación del uso Medicinal de la Planta de Cannabis y sus Derivados y Tratamientos No Convencionales".
Esta herramienta fue creada a raíz de la ley aprobada el pasado 29 de marzo en el Congreso argentino que avala el uso medicinal de la marihuana y garantiza a ciertos pacientes el acceso al aceite de cannabis, habilitando su importación hasta que el Estado se encuentre en condiciones de producirlo.
En la resolución de este lunes 25 de septiembre se establece que quienes tengan epilepsia refractaria y a aquellos que se prescriba el uso de cannabis y sus derivados, con base en las evidencias científicas existentes, "son susceptibles de solicitar la inscripción en los Registros" para acceder al programa.
Además, se estima la posibilidad de incorporar otras enfermedades, siempre que esta decisión esté basada en "la mejor evidencia científica".
El programa establece:
Que se fomentará la "capacitación continua" de profesionales de la salud en todo lo referente al cuidado integral de las personas que presentan las patologías contempladas
La mejora de su calidad de vida, y al uso medicinal de la planta de cannabis y sus derivados a través de cursos y talleres.
Pueden anotarse:
Aquellos pacientes que figuren en el Registro Nacional, en otras palabras los que estén en tratamiento para el estudio de casos y en protocolo de investigación, que voluntariamente soliciten su inscripción.
Incluso sus representantes legales según corresponda el caso.
La resolución contempla tres tipos de registros diferentes: uno para los pacientes que ya estén atravesando un tratamiento, otro para los que se incorporen a protocolos de investigación y el último, para familiares.