El Gobierno nacional oficializó las nuevas etapas de Distanciamiento social, preventivo y obligatorio (Dispo) para el Área Metropolitana de Buenos Aires, que estarán vigentes desde hoy y hasta el 29 de noviembre.
Así se dispuso por medio del decreto 875 publicado en la tarde del sábado en el Boletín Oficial, firmado por el Presidente; el jefe de Gabinete, Santiago Cafiero y todos los ministros del Gabinete nacional.
El gobernador bonaerense, Axel Kicillof y el jefe de Gobierno porteño, Horacio Rodríguez Larreta, adelantaron cómo será esta nueva etapa en sus respectivas jurisdicciones, aunque las flexibilizaciones dependerán de las autoridades de cada distrito.
Actividades habilitadas
Educación
A partir del lunes en la Ciudad de Buenos Aires comenzarán a implementarse aperturas graduales en todos los niveles. Desde el Gobierno porteño aclararon que esto no significa un retorno total de las clases, sino que cada escuela va a organizar una vuelta progresiva a la presencialidad.
- Los jardines maternales (niños de 45 días a dos años): implementarán encuentros de estimulación temprana de un nene con un docente más un acompañante.
- Salas de 3 y 4 años: se habilitarán actividades deportivas, recreativas, lúdicas y artísticas al aire libre en grupos burbuja de hasta 8 alumnos. La duración de la actividad será de dos horas.
- 2do a 6to grado de primaria, y 2do a 4to año, más 5to año de Técnicas en secundarias: se habilitarán actividades deportivas, recreativas, lúdicas y artísticas al aire libre en grupos burbuja de hasta 10 personas, con una duración de dos horas.
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Adultos: se podrán llevar adelante actividades de orientación, intercambio y cierre de ciclo en grupos burbuja de hasta 10 personas, preferentemente al aire libre. Los turnos serán de una hora y media a cuatro, con media hora entre cada tanda para limpieza y desinfección. Hasta cuatro veces por semana.
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Educación especial: actividades de orientación, intercambio y cierre de ciclo para estudiantes de séptimo grado que ingresen a secundaria común (escuelas interdisciplinarias y para estudiantes con discapacidad auditiva). En grupos burbuja de hasta 10 y preferentemente al aire libre. También serán turnos de una hora y media a cuatro horas, con media hora para limpieza y desinfección. Hasta cuatro veces por semana.
Recreación
- Se podrán hacer reuniones sociales en domicilios privados pero al aire libre (jardines, patios y terrazas).
- Abrirán los patios de juegos de las plazas con protocolos específicos y capacidad máxima de acuerdo a su tamaño. En estos lugares se va a reforzar la desinfección de todas las superficies, se pondrá a disposición alcohol en gel y se colocarán carteles con recomendaciones.
Deportes
- Quedarán habilitados los deportes de contacto grupales al aire libre de más de 10 personas, como el fútbol, pero sin el uso de vestuarios.
Cultura
- Las clases o talleres artísticos se podrán realizar en instituciones con capacidad máxima del 30 por ciento del espacio de acuerdo a las condiciones de ventilación. Todos deberán utilizar el tapaboca en forma permanente.
Turismo
- Bus turístico: toma de temperatura al momento de subir a los micros y aplicación de alcohol en gel, con acceso delantero y descenso por la puerta trasera; uso obligatorio de tapabocas para guías, conductores y turistas en todo momento; sistema de climatización en modo ventilación para facilitar la circulación de aire, y ventiletes abiertos; lugares ocupados en diagonal con un asiento de por medio y señalizados para mantener el distanciamiento, salvo para grupos convivientes. Ocupación máxima según disposición del Ministerio de Transporte de la Nación.
Registro Civil
- CABA: Casamientos por civil al aire libre, en el Centro Cultural Recoleta, en Parque Chacabuco y en la Comuna 5, con una capacidad máxima de hasta 10 personas.
Transporte
- Ya no se va a necesitar permiso para circular por la Ciudad, pero el transporte público va a seguir siendo de uso exclusivo para los trabajadores y trabajadoras esenciales y para estudiantes.
Gastronomía
- Restaurantes y bares podrán brindar servicio en los salones interiores pero deben funcionar con un porcentaje de ocupación del 30% de la capacidad máxima habilitada del lugar, además de estar debidamente ventilados.
En tanto, las actividades prohibidas serán:
- Realización de eventos culturales, recreativos o religiosos en espacios públicos o privados con concurrencia mayor a DIEZ (10) personas.
- Los eventos sociales o familiares en espacios cerrados y en los domicilios de las personas, en todos los casos y cualquiera sea el número de concurrentes, salvo el grupo conviviente.
- Prácticas deportivas en espacios cerrados, cualquiera sea el número de concurrentes.
- Cines, teatros, clubes y centros culturales.
- Servicio público de transporte de pasajeros interurbano, interjurisdiccional e internacional, salvo para los casos expresamente autorizados.