Ir al contenido
Logo
Actualidad #Violencia de género#femicidio##niunamenos#Femicida#Adolescente asesinada#Justicia por chiara#Odio al genero#Crimen de la adolescente#Adolescente de 14 años embarazada#Crimen alevoso

Confirmaron la condena para el autor del femicidio que originó #NiUnaMenos

Se dio a conocer cuál fue la pena para el femicida Manuel Ignacio Mansilla, quien asesinó a su novia adolescente, Chiara Páez, que esperaba un hijo de él
Confirmaron la condena para el autor del femicidio que originó #NiUnaMenos

La Cámara de Apelaciones en lo Penal de Rosario confirmó hoy la pena a 21 años y medio de prisión a la que fue condenado Manuel Ignacio Mansilla por el femicidio de su novia adolescente embarazada Chiara Páez, que dio nacimiento a la primera marcha de #NiUnaMenos, informaron fuentes judiciales.

Tras analizar las impugnaciones tanto de la Fiscalía -que pidió prisión de 23 años y medio para Mansilla- como las de la defensa y la Asesoría de Menores, que solicitaron reducir la pena, tres jueces de Cámara confirmaron la resolución de primera instancia.

El juez de Menores de Venado Tuerto, Javier Prado, había condenado al joven a 21 años y medio de prisión al considerar “espeluznante” el homicidio agravado por femicidio.

Manuel Ignacio Mansilla, femicida de Chiara │Foto: Facebook Justicia por Chiara

En su resolución de septiembre del año pasado, el magistrado resaltó “la falta de un sincero arrepentimiento” por parte de Mansilla (19) quien, precisó, “no evidencia culpa o sufrimiento”. 
De acuerdo a la sentencia condenatoria, el 10 de mayo de 2015 el joven mató a golpes en la cabeza a Chiara (14) y luego enterró su cadáver “para ocultar el resultado de su acción, en el patio trasero de su domicilio de bulevar San Martín N° 818 de Rufino”. Allí residían los abuelos maternos del joven -que entonces era menor de edad- y por su presunta complicidad son investigados en otra causa paralela su madre y su padrastro. 

La Justicia de Menores consideró que el hecho tuvo como agravante haber sido “cometido en virtud de condición de mujer de la víctima, quien se encontraba cursando un embarazo de aproximadamente dos meses de gestación”.

Una disputa en relación al embarazo habría sido el motivo que llevó Mansilla a matar a su novia adolescente, luego de mantener una relación sexual en un galpón ubicado al fondo de la vivienda de los abuelos del joven.

Chiara Páez, la adolescente asesinada

El cuerpo de Chiara Páez fue encontrado en ese sitio por perros entrenados en búsquedas pertenecientes a la Policía de Rosario, luego de que la comunidad de Firmat, localidad ubicada en el sur de la provincia de Santa Fe, colaborara en un rastrillaje en procura de dar con la adolescente desparecida.

La confirmación de la condena fue resuelta por los jueces de Cámara de Rosario Carolina Hernández, José Luis Mascali y Alfredo Ivaldi Artacho. Indicaron que el análisis del caso hace que “la pena fijada, 21 años y 6 meses de prisión, luzca justa y equitativa no sólo frente al hecho cometido, sino también a las circunstancias del imputado”, que era menor de edad, por lo que está protegido por las convenciones internacionales sobre niñez.

También te puede interesar: Caso Chiara Páez: Condenaron a 21 años de prisión al novio de la víctima

La referencia es una respuesta al fiscal de grado, que había solicitado prisión perpetua para Mansilla -luego desistida por su superior de Cámara-, lo cual los jueces señalan como violatorio de esas convenciones sobre minoridad a las que el país adhirió por ley.

En el voto de Hernández, quien elaboró los argumentos a los que adhirieron sus colegas, la camarista destaca también que así como es necesario tutelar la condición de menor del acusado, la misma era compartida por la víctima, que tenía 14 años, y que además debe tenerse en cuenta la protección de la mujer.

“Es que estamos frente a un caso que compromete obligaciones asumidas por el Estado argentino frente a la comunidad internacional que lo haría pasible de responsabilidades si lo desconociéramos, tanto si no fuera sancionado (Mansilla) de acuerdo a las circunstancias verificadas del caso, como si lo hiciéramos invisibilizando la problemática de la violencia contra la mujer que subyace en los presentes”, concluye la resolución.

Fuente: Télam