Fue en la región de Cambridge, en Inglaterra. La policía lo calificó como un "incidente mayor", pero no habla por ahora de terrorismo.

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La justicia confirmó el procesamiento por "delito de resistencia a la autoridad en concurso real con el de lesiones graves" de Mariana Gómez, la joven que fue detenida en Plaza Constitución en octubre por besar a su esposa, informó hoy el Ministerio Público de la Defensa de la Ciudad de Buenos Aires.
Mientras las jóvenes y las organizaciones de la diversidad aseguraron que la detención sobrevino al intentar censurar ese beso, la policía justificó la detención al señalar que Gómez estaba fumando en un lugar prohibido.
Los jueces de la apelación consideraron que "la acción de la Policía -actuar para que no fumaran en un lugar prohibido- era legítima".
La sala 6 de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional dio a conocer el fallo este mediodía, "el día posterior a la multitudinaria marcha en el marco del paro Internacional de Mujeres", enfatizó la Defensa porteña en un comunicado.
La causa se inició en octubre pasado, cuando Gómez fue detenida por agentes de la Policía de la Ciudad en el acceso al Centro de Transbordo de la estación Constitución luego de haberle dado un beso a su esposa, Rocío Girat.
"Estábamos fumando en un lugar sin paredes donde no había carteles y había más gente fumando", contó a Télam Mariana. Fue entonces cuando el agente de policía Jonathan Rojo se dirigió a ella en masculino diciéndole: "Pibe, ¡apagalo!".
"Yo le aclaré que soy mujer, apagué el cigarrillo y me quise ir, pero él se me pone adelante y ahí tuvimos un encontronazo pero sin ni siquiera levantar la voz, tras lo cual me detiene", agregó.
El Defensor Adjunto de la Ciudad, Luis Duacastella, dijo que el fallo de hoy "ignora la existencia de un claro sesgo de lesbofobia por parte del oficial de Policía, y la insignificancia de la supuesta orden resistida por Mariana".
Además del trato en masculino, la "lesbofobia" del agente se hizo evidente -para Gómez- cuando le pidió el certificado de matrimonio para acreditar que estaban casadas.
En una interpretación muy diferente de los hechos, la jueza María Fontbona de Pombo -a cargo del juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional N° 45- resolvió en su momento procesar a Mariana por "resistencia a la autoridad" y "lesiones graves".
El abogado defensor de Gómez, Lisandro Teszkiewicz, consideró que "el procesamiento es incorrecto por múltiples razones. En primer lugar está mal elegida la figura, porque la doctrina y jurisprudencia argentinas dicen que la resistencia a la autoridad exige que la orden de la autoridad sea legítima y no un acto de discriminación, como este caso".
Agregó que "de la declaración del propio policía y de los testigos surge que siempre hay gente fumando en ese lugar y que nunca antes o después (la Policía) labró un acta y menos aún realizó una detención".
El Ministerio Público de la Defensa y el Colectivo para la Diversidad se presentaron en la última audiencia del caso como amicus curiae -amigos del tribunal- pero a ambos organismos se les negó la posibilidad de explicar su postura.

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