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A partir del primero de marzo próximo, los supermercados, kioscos, hoteles, casas de electrodomésticos, entre otros comercios, además de las personas, podrán comprar y vender dólares.
Así lo dio a conocer el directorio del Banco Central de la República Argentina, que sancionó un nuevo marco normativo para la actividad cambiaria con el objetivo de "brindar mayor competencia y transparencia a ese mercado mediante la incorporación de nuevos y diversos oferentes, a la vez que simplificar la tramitación respectiva".
Aquellas empresas de cualquier sector que operen habitualmente en el mercado libre de cambios, con el único requisito de inscribirse en el "Registro de operadores de cambio". Es decir que, supermercados, kioscos, remiserías, hoteles u otros comercios podrán incluir operaciones con moneda extranjera a su actividad principal.
También podrá hacerlo cualquier persona que haya conformado una Sociedad Anónima Unipersonal (SAU) o una Sociedad por Acciones Simplificadas (SAS), previamente.
Muy sencillo. El Registro de operados de cambio funcionará a través del sitio web del Banco Central de la República Argentina (www.bcra.gov.ar) y será de acceso libre.
Una vez que el trámite de inscripción esté realizado, las nuevas agencias de cambio quedarán a habilitadas para poder comenzar a operar inmediatamente.
Por su parte, las entidades cambiarias que operan actualmente serán incorporadas al Registro automáticamente. Además, las casa de cambio también tendrán la posibilidad de realizar transferencias internacionales y operaciones de comercio exterior, por lo que podrán comenzar a competir con los bancos que actualmente ofrecen esos servicios.
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