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A través de un decreto firmado por el presidente de Uruguay, Tabaré Vázquez, se habilita a las fuerzas policiales a despejar a los manifestantes que ocupen el espacio público e impidan la libre circulación del tránsito.
Según indica el primer artículo, "el Ministerio del Interior dispondrá las medidas pertinentes a los efectos de preservar el uso público de las calles, caminos o carreteras cuyo tránsito se pretenda obstaculizar o interrumpir por personas, vehículos u objetos de cualquier naturaleza".
El texto detalla, además, que "la intervención de la autoridad policial a los efectos indicados se efectuará a fin de garantizar el derecho a la libre circulación, el orden público y la tranquilidad".
La norma no podrá aplicarse en contra del artículo 57 de la Constitución, que establece el derecho a huelga.
La decisión también precisa que las actuaciones efectuadas deberán ser informadas a la Justicia.
En los considerados de la medida, el gobierno uruguayo manifiesta que "resulta fundamental establecer una normativa que ampare aquellas situaciones donde se vulnera el libre tránsito de las personas".
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