El Gobierno oficializó este viernes un nuevo aumento en las tarifas de luz y gas que comenzará a aplicarse desde el 1 de agosto para los usuarios del Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA). Las subas, que fueron publicadas en el Boletín Oficial, rondan el 2% y alcanzan a los clientes de Edenor, Edesur, Metrogas y Naturgy BAN.
En el caso del servicio eléctrico, las nuevas tarifas fueron aprobadas mediante resoluciones del Ente Nacional Regulador del Gas y la Electricidad (ENRGE). Según lo dispuesto, los usuarios de Edenor tendrán un incremento promedio del 1,78%, mientras que quienes reciben el servicio de Edesur afrontarán una suba promedio del 1,71%.
El esquema de Subsidios Energéticos Focalizados continuará vigente, por lo que el monto final de las facturas seguirá variando de acuerdo con el nivel de ingresos, el consumo y la categoría de cada usuario. La medida también alcanza a clubes de barrio, entidades de bien público y usuarios-generadores.
Aumento de gas
En paralelo, el organismo regulador aprobó los nuevos cuadros tarifarios para el servicio de gas natural que comenzarán a regir desde agosto para Metrogas y Naturgy BAN.
Las nuevas boletas deberán reflejar el Precio Anual Uniforme (PAU) y detallar por separado las bonificaciones que correspondan por el régimen de subsidios.
Para los usuarios residenciales sin subsidios de Metrogas, el cargo fijo para la categoría R1 será de $4.350,12 en la Ciudad de Buenos Aires y de $5.023,67 en la provincia de Buenos Aires. En tanto, el cargo variable será de $155,74 y $157,32 por metro cúbico, respectivamente.
En el caso de Naturgy BAN, el cargo fijo mensual comenzará en $4.350,12 para la categoría de menor consumo y podrá superar los $103.900 en los niveles más altos. El cargo variable fue fijado en $208,66 por metro cúbico, al que se sumarán los componentes previstos para determinar el precio final del servicio.
Además, las resoluciones establecen cuadros tarifarios específicos para entidades de bien público y clubes de barrio, con valores diferenciados según la normativa vigente. Las empresas distribuidoras deberán publicar los nuevos cuadros tarifarios en medios de circulación dentro de los cinco días posteriores a la notificación oficial.