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El Gobierno reglamentó el Fondo de Asistencia Laboral (FAL)

Se trata del sistema diseñado para el financiamiento y pago de las indemnizaciones por despido previsto en la Ley de Modernización Laboral.

El Gobierno reglamentó el Fondo de Asistencia Laboral (FAL)

El Gobierno reglamentó este lunes el Fondo de Asistencia Laboral (FAL) incluido en la Ley de Modernización Laboral. Se trata de un sistema que introduce cambios en el financiamiento del pago de indemnizaciones por despido a través de fondos constituidos por los empleados y administrados bajo la supervisión de la Comisión Nacional de Valores (CNV).

Su reglamentación se hizo oficial esta mañana a través del Decreto 408/26, donde se establecen las condiciones de funcionamiento del sistema, el mecanismo de recaudación de aportes y los mecanismos para el pago de las indemnizaciones a los trabajadores registrados.

La medida también aclara cómo se conformarán y administrarán estos fondos, a quiénes alcanzarán, cómo se canalizarán los aportes y cuáles serán los procedimientos para su declaración, inversión y utilización.

El FAL es un esquema diseñado para financiar el pago de indemnizaciones por despido previsto en la Ley de Modernización Laboral 27.802 y está dirigido para los trabajadores registrados.

"Resulta pertinente la instrumentación de los Fondos de Asistencia Laboral a través de vehículos de inversión colectiva autorizados por la Comisión Nacional de Valores (CNV), organismo descentralizado actuante en la órbita del Ministerio de Economía, tales como fondos comunes de inversión y fideicomisos financieros, que permitan la segregación patrimonial, la afectación específica de los recursos y la adecuada supervisión del régimen", se señaló en el texto publicado este lunes en el Boletín Oficial.

La recaudación y derivación de las contribuciones que conformen este fondo estarán a cargo de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), integrándolas al sistema de la seguridad social, mientras que se establece que el empleador deberá informar un identificador del fondo, denominado "ID FAL", para permitir la correcta asignación de los aportes.

Además, el texto también regula el procedimiento para el pago de indemnizaciones e indica que, una vez presentada la declaración correspondiente, la entidad administradora deberá transferir los montos al trabajador "dentro del plazo máximo de cinco días hábiles", a la vez que dispone que las inversiones de estos fondos deberán realizarse exclusivamente en "instrumentos financieros emitidos y negociados en la República Argentina".

Entre otros aspectos, se fija que los trabajadores deberán encontrarse debidamente registrados y con una antigüedad mínima de doce meses en los registros laborales para acceder a la cobertura plena del sistema.

A su vez, el texto de la reglamentación aclaró que el nuevo esquema entrará en vigencia el próximo 1° de noviembre.

Hasta esa fecha, la Secretaría de Trabajo, la CNV, ARCA y la Secretaría de Finanzas deberán dictar las normas complementarias necesarias para la implementación operativa del nuevo esquema de financiamiento de indemnizaciones laborales.