La Justicia argentina dictó una sentencia histórica en el juicio por la denominada Masacre del Pabellón Séptimo, ocurrida el 14 de marzo de 1978 en la cárcel de Villa Devoto, en Buenos Aires. El Tribunal Oral en lo Criminal Federal N°5 condenó a 25 años de prisión a dos exfuncionarios del Servicio Penitenciario Federal por su responsabilidad en los hechos que se cobraron la vida de decenas de detenidos y dejaron numerosos heridos, calificando los hechos como graves violaciones a los derechos humanos.
Los condenados son Juan Carlos Ruiz, exdirector de la Unidad Penal de Devoto, y Horacio Martín Galíndez, exjefe de la División Seguridad Interna del penal. Ambos recibieron penas de 25 años por los delitos de imposición de tormentos seguidos de muerte y tormentos reiterados contra internos que se encontraban alojados en el pabellón séptimo en la madrugada de aquel 14 de marzo. El tribunal, compuesto por los jueces Nicolás Toselli, Daniel Obligado y Adriana Palliotti, rechazó los planteos de prescripción y sostuvo que la naturaleza de las violaciones a los derechos humanos hace que estas acciones no prescriban, a pesar del paso de casi cinco décadas.
El juicio, que se extendió a lo largo de más de un año desde que inició en octubre de 2024, incluyó la participación de fiscales como Abel Córdoba y un equipo de auxiliares, quienes detallaron cómo una violenta requisa y posterior incendio en el pabellón se tradujeron en la muerte de 65 detenidos, así como tormentos físicos a otros 88 sobrevivientes. La masacre fue encubierta durante años bajo la versión oficial del régimen militar que la atribuyó a un “motín de colchones”, pero la investigación judicial logró desentrañar las circunstancias reales y la responsabilidad de los acusados.
En el mismo veredicto, el tribunal absolvió a un tercer imputado, el excelador Gregorio Bernardo Zerda, a pesar de que la fiscalía había solicitado para él una pena similar por su participación. La absolución generó críticas por parte de familiares y querellantes, que ya adelantaron su intención de apelar esa parte de la decisión.
La sentencia marca un hito en la búsqueda de justicia por crímenes cometidos durante la última dictadura cívico-militar en Argentina (1976-1983), y representa un avance significativo para las víctimas, sus familias y los sobrevivientes que buscaron reconocimiento de verdad y reparación durante décadas. El fallo también pone de relieve el rol de la Justicia en revisar hechos de violencia institucional que fueron durante mucho tiempo ocultados o minimizados, y en afirmar que la impunidad no puede prevalecer sobre la memoria de las víctimas.