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El tribunal revocó la decisión de Sandra Arroyo Salgado y respaldó el pedido del Ministerio Público Fiscal para unificar la investigación en Comodoro Py, al considerar que los hechos podrían implicar delitos contra la administración pública.
La Cámara Federal de San Martín resolvió que la causa $Libra pase al juzgado federal N° 1 de la Ciudad de Buenos Aires, a cargo de la jueza María Servini. La decisión fue adoptada para dirimir el conflicto de competencia entre ese juzgado y el de San Isidro, encabezado por Sandra Arroyo Salgado.
El juez Juan Pablo Salas, firmante del fallo, revocó la resolución dictada por Arroyo Salgado y dio lugar al pedido formulado por el Ministerio Público Fiscal. En el texto se sostiene que los hechos investigados “no solo ocurrieron en la Ciudad de Buenos Aires”, sino que además “podrían configurar delitos graves contra la administración pública, como cohecho, tráfico de influencias e incumplimiento de deberes de funcionario”.
Sobre esto, el magistrado afirmó que “la justicia federal de CABA es la que se encuentra actualmente en mejor posición para investigar de manera integral el objeto procesal de los expedientes” y argumentó que “en Comodoro Py ya se delegó la instrucción en la fiscalía” y que, a pedido del fiscal Eduardo Taiano, “se comenzaron a producir medidas de prueba”. En contraste, indicó que en el juzgado de San Isidro “el fiscal no impulsó de modo concreto y explícito la acción penal”.
El fallo también cuestiona la interpretación que hizo Arroyo Salgado de los hechos bajo análisis. “El juzgado simplificó un escenario que aparenta ser complejo, que podría estar abarcado por diversos sucesos e intervenciones ejecutados en distintos lugares y tiempos”, expresó Salas y que “el razonamiento del juzgado excluyó otros hechos que la fiscalía integró al expediente”.
Finalmente, el juez descartó los argumentos citados por Arroyo Salgado para sostener su competencia: “Ni siquiera los precedentes jurisprudenciales citados pueden ser tenidos como referentes para adoptar aquí una decisión”. De esta forma, el expediente FSM 1937/2025 será remitido al juzgado de Servini y acumulado a la causa CFP 574/2025.
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