La medida forma parte de la reglamentación de la reforma laboral y obliga a sindicatos y empresas a revisar acuerdos vencidos.
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El profesional fue sentenciado bajo el cargo de "incumplimiento de los deberes de funcionario público".

Esta mañana condenaron al ginecólogo Leandro Rodríguez Lastra a un año y dos meses de prisión y dos años y cuatro meses de inhabilitación profesional, tras ser acusado de obstruir un aborto legal en 2017 en Cipolletti.
Así lo informó el juez de Río Negro Alvaro Meynet, quien también afirmó que el acusado no podrá acercarse a la víctima y que no tendrá que pagar con pena efectiva. Fue sentenciado bajo el cargo de "incumplimiento de los deberes de funcionario público".
Además, durante el proceso no podrá consumir estupefacientes y bebidas alcohólicas, deberá mantener su vida dentro de los parámetros de "normalidad" y deberá informar mensualmente su paradero.
El ginecólogo era el jefe de área del hospital de Cipolletti; sin embargo, tras las denuncias fue desplazado de ese puesto. Por otro lado, se había postulado como candidato a diputado del partido Demócrata Cristiano en la ciudad de Buenos Aires.
La mujer, de 19 años y que había sido víctima de una violación, acudió a la institución médica para realizarse un aborto; sin embargo, Rodríguez Lastra decidió impedir el proceso, en contra de lo que establece la ley provincial 4.796, el decreto provincial 182/2016 y la ley nacional 26.485.
¿Qué significa el término "prisión en suspenso"? Según había revelado la periodista Sol Rodriguez Garnica para Filo News, representa las condenas menores a tres años de prisión en general: "Como el sistema cree que no es necesario que vos vayas detenido o detenida, a esta condena se le suman una serie de condiciones que la persona debe cumplir para mantener, justamente, en suspenso esa situación".
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