22 de mayo vence el plazo para la recategorización en el monotributo. Los contribuyentes tendrán la posibilidad de actualizar sus escalas cuatrimestralmente hasta hoy.
Deberán tener en cuenta la facturación prevista para estos meses, los consumos de energía eléctrica, el costo de alquileres y la superficie de la actividad. Deberán comparar su nivel de ventas realizado entre el 30 de abril de 2016 y el 1 de mayo de 2017.
Este trámite se realiza a través de la página de la AFIP ingresando con clave fiscal a la cuenta personal en la sección "Monotributo". El pago del aporte a la nueva categoría se hará a partir de junio
Para no resultar excluido del Monotributo, es muy importante que el contribuyente no efectué depósitos en sus cuentas bancarias superiores respecto a su facturación; los depósitos que tiene mensualmente deben guardan una correcta relación respecto a la categoría en la cual se encuentra encuadrado.
Los gastos y compras de los monotributista deben coincidir con su nivel de ingresos mensuales.
A partir del 1° de junio, todas las facturas que emitan los responsables deberán tener el código de autorización que otorga el fisco
En septiembre se deberá hacer la recategorización anual, quien no tenga que cambiarla tendrá que informar que seguirá en el mismo escalafón. La idea de la AFIP es terminar el año con la obligación de que los contribuyentes tengan que pagar la cuota del Monotributo por débito automático.
Los contribuyentes que estén bajo este esquema deberán crear un domicilio fiscal electrónico antes del 30 de septiembre.
Los monotributistas deberán seguir realizando la recategorización cuatrimestral y tendrá que estar atentos para el cuatrimestre que vence en agosto ya que en septiembre será obligatorio para todos ratificar la categoría en la que están