La Presidencia de la Nación publicó el Decreto de Necesidad y Urgencia, donde establece diferentes medidas de prevención frente al avance de la segunda ola de coronavirus en el país.
Se trata del DNU 235/2021, que estará vigente desde las 00:00 horas del 9/04/21 hasta el 30/04/21 para todo el territorio nacional. Mirá los principales puntos de la medida:
- Tal como lo anticipó el propio presidente Alberto Fernández durante la conferencia de prensa, "se suspenden para todo el país los viajes grupales de Egresados y Egresadas, de Estudio y de Grupos Turísticos". Lo mismo sucederá con "las actividades de Casino, Bingo, Discotecas o cualquier salón de fiestas".
- El transporte público está reservado exclusivamente para que quienes cumplen tareas esenciales, se trasladen a establecimientos educativos o pidan el permiso especial que se tramita en este link. El resto de los trabajadores deberán trasladarse en medios particulares "a cargo del empleador". Se suspende además la asistencia al trabajo para personas de riesgo.
- Se establecen dos zonas para los partidos y departamentos de más de 40.000 habitantes: las de mediano riesgo epidemiológico y sanitario, y las de mayor riesgo epidemiológico y sanitario. En estas últimas se suspenden actividades sociales en domicilios particulares, salvo para la asistencia de personas que requieran especiales cuidados.
- Además quedan suspendidas las reuniones sociales en espacios públicos al aire libre de más de 20 personas. También la práctica recreativa de cualquier deporte en lugares cerrados donde participen más de 10 personas.
- Se establece el cierre de los bares y restaurantes a partir de las 23 que deberán tener un aforo máximo del 30%, misma capacidad máxima que podrán tener los espacios destinados para eventos culturales, sociales, recreativos y religiosos, cines, teatros, clubes, centros culturales y gimnasios. A su vez queda prohibida la circulación de personas entre las 00.00 y las 06.00 de la mañana.