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Nuevo plan de pago para los que tienen deudas con la AFIP

El organismo informó que se modificará el "Plan Permanente" de financiación de deudas tributarias
Nuevo plan de pago para los que tienen deudas con la AFIP

La AFIP lanzará el próximo lunes un nuevo plan de de facilidades de pago para los contribuyentes que enfrentan deudas con el organismo.

El próximo lunes se publicará en el Boletín Oficial el nuevo plan que establece un scoring del contribuyente que permitirá definir el interés, las cuotas y la cantidad de planes disponibles según el Sistema de Perfil de Riesgo (SIPER).

Según informó el organismo, se trata de una modificación del conocido "Plan Permanente" de financiación de deudas tributarias. Esta reforma permitirá que a mayor nivel de cumplimiento y calificación, los contribuyentes obtengan beneficios.

"Si el contribuyente presenta una garantía electrónica, tendrá un costo menor de financiación", indicó en un comunicado el organismo de recaudación. Además, aclaró que a partir de esta nueva reglamentación, el cupo de planes disponibles no tendrá en cuenta los que se presentaron hasta fines de junio para micro y pequeñas empresas.

El nuevo plan eleva el máximo de cuotas que pasará de 6 a 8 y la cantidad de planes por contribuyente de 4 a 6. 

La nueva plataforma había sido anunciada por la AFIP y el Ministerio de Producción a mediados de mayo. Especula que tiende a atender los reclamos de presión impositiva, especialmente de las pequeñas y medianas empresas.

El nuevo régimen que se oficializará a partir del lunes pretende ayudar a pagar deudas atrasadas de los contribuyentes y, en principio, el núcleo de la discusión entre los asesores del organismo es si se incluyen o no vencimientos de junio, para lo cual será esencial conocer hasta que cierre comprende el plan de pagos.

La cantidad de cuotas y los intereses estarán sujetos a un régimen de "scoring": Las facilidades dependerán del nivel de riesgo fiscal que tiene el contribuyente en función de sus cumplimientos o incumplimientos.

El nuevo plan no otorgará cuotas e intereses en función del monto de la deuda tributaria y no tendrá quita ni condonación de impuestos.