Ir al contenido
Logo
Actualidad #banco central#Cbu#Tarjetas#Alias cbu#Transferencias

El Alias CBU será obligatorio desde el 1 de junio

El Banco Central confirmó la nueva medida y en caso de que el cliente no posea ninguna, se le asignarà una que luego podrá ser modificada
El Alias CBU será obligatorio desde el 1 de junio

Luego de que en agosto pasado se creara el Alias CBU, el Banco Central de la República Argentina (BCRA) resolvió que desde el 1 de junio de 2017, todas las cuentas bancarias deberán tener uno. En caso de que el cliente no disponga, se le asignará uno que podrá modificarse.

Este nuevo sistema buscará facilitar las transferencias a distancia, ya que no se deberán enviar más los 22 números que comprenden a la Clave Bancaria Uniforme (CBU). El titular del BCRA, Federico Sturzenegger afirmó que ya hay 150 mil alias entregados.

A partir de junio, se podrán realizar transferencias desde las aplicaciones telefónicas o de los bancos solamente con presentar el alias del receptor. Previamente, aparecerá el nombre de la persona para evitar inconvenientes.

Es fundamental tener en cuenta tres factores del Alias CBU para el cliente.

1- Es portable, por lo que si el usuario cambia de banco, tendrá una nueva cuenta y se dará de baja el anterior. Además, ningún otro usuario podrá usar uno que haya sido utilizado.

2- Desde la banca por internet y móvil, el usuario puede incorporar un alias a cada uno de sus CBUs con una extensión de entre 6 y 20 caracteres (letras, números, signo punto o guión medio).

3- Es único para cada cuenta y/o CBU e irrepetible.