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Actualidad #Diputados#Aborto#Aborto legal#Proyecto#Modificaciones

Aborto legal: Los cambios finales al proyecto de ley que llega a Diputados

En la previa del histórico debate en la Cámara de Diputados, quedan al menos 14 legisladores que no definieron su voto. La última versión al proyecto para sumar indecisos 
Aborto legal: Los cambios finales al proyecto de ley que llega a Diputados

La última versión del proyecto tuvo cambios a último momento sumar indecisos. El dictamen completo.

En el artículo 10, que refiere el acceso al aborto (y que comienza indicando que debe ser practicado o supervisado “por un/a profesional de la salud”), se modificó el último párrafo. En donde dice el profesional si hace todo de acuerdo a la ley no va a tener responsabilidad, se exceptuaron los casos de mala praxis, con lo cual la nueva redacción indica: “sin perjuicio de los casos de imprudencia, negligencia e impericia en su profesión o arte de curar o inobservancia de los reglamentos y/o apartamiento de la normativa legal aplicable”.

En el artículo 11, queda explícitamente prohibida la objeción de “conciencia institucional y/o de ideario”. En el artículo 12, que refiere la cobertura de la práctica, fueron agregadas las obras sociales de las Fuerzas Armadas. En el artículo 13, sobre “Políticas de salud sexual y reproductiva. Educación sexual integral”, se añadió capacitación en perspectiva de género y el respeto a los pueblos originarios. 

En el artículo 14, sobre el registro estadístico, se estipula que “en todos los casos se tomarán los recaudos necesarios para salvaguardar el anonimato y la confidencialidad de los datos recabados”. 

El artículo 15, de “definiciones”, indica: “A los efectos de la presente ley, interrupción voluntaria del embarazo y aborto son considerados términos equivalentes y la salud se entiende conforme a la definición que establece la Organización Mundial de la Salud”.

En la nueva redacción del artículo 85 bis del Código Penal, que refiere la escala penal para cuando se dilatare u obstaculizara el ejercicio del derecho, se sumó como causa de pena el perjuicio “en la vida o la salud de la mujer o persona gestante”.